El diseño curricular y sus
diferentes legislaciones presentan un tema complejo en el cual intervienen cuatro
organismos (Gobierno del Estado, el Ministerio de Educación, el Gobierno
Autonómico y el Centro Educativo) que representan los niveles de concreción curricular.
Cada organismo tiene su papel en nuestro Sistema Educativo, en tanto que los
cuatro mantienen sus propias competencias en materia educativa. Eso sí, como parece
lógico, existe una jerarquía clara entre ellos, lo cual significa que lo
estipulado por el Gobierno Central solo puede ser concretado por los otros tres
organismos, pero nunca pueden existir contradicciones entre ellos.
Nuestro Sistema Educativo actual
se basa en dos leyes de educación; la LOE,
que se vio modificada por la LOMCE,
y en ellas se mencionan, además de la ESO, Bachillerato y FP, otras enseñanzas
específicas, como pueden ser el Conservatorio de música y la Escuelas Oficiales
de Idiomas. Aunque ya tuvimos una asignatura en la que tratamos el diseño
curricular, aquí profundizamos en él para comprender con más claridad qué
competencias guarda cada organismo. En el aula nos centramos en los currículos
de la ESO y Bachiller, exploramos los de la Formación Profesional e incluso le
dedicamos una sesión a la EOI. Esto último me interesó de modo especial dado
que es a lo que me gustaría dedicarme. Así pues, de forma breve resumiré parte de materia que exploramos en el aula.
Centrándonos en la Secundaria y
Bachillerato, el Gobierno de Estado establece los contenidos comunes, los estándares
de aprendizaje evaluables y el horario lectivo mínimo de las asignaturas
troncales y específicas de cada etapa. El Ministerio de Educación diseña y fija
las características y el contenido de las pruebas de evaluación final de
secundaria y bachiller. Todo esto, claro está, teniendo en cuenta lo estipulado
por el Gobierno. Ahora bien, al hablar de las Autonomías con competencias en
educación, me gustaría mencionar que es en este nivel en el que se hacen
recomendaciones a los Centros en cuanto a la metodología didáctica. Otra
competencia curiosa es que también son las Autonomías las que fijan el horario
lectivo máximo de las disciplinas troncales y específicas. Por último, el Centro
decide qué materias específicas ofertar, la metodología y la carga horaria de
las disciplinas.
Centrándonos las EOIs, el
currículo está basado en las directrices del MCER. La LOMCE ofrece una división
de los niveles de idiomas y fomenta el aprendizaje de las lenguas oficiales de
los miembros de la UE. Es destacable, además, que Ministerio de Educación fija
las exigencias mínimas de los niveles básicos y la duración de la enseñanza de
cada nivel. Pero el que más competencias guarda en la EOI es el Gobierno Autonómico, pues tiene plena competencia sobre los niveles intermedio y
avanzado, incluyendo el diseño de las pruebas de certificación. Por último, los
Centros se trabajan lo anteriormente establecido por los otros niveles de
concreción curricular a través del PEC
y se encargan de distribuir y evaluar las pruebas de certificación. Incluso
deciden los idiomas que se ofertarán.
Como reflexión final, me gustaría
remarcar que, aún con todas las capas superpuestas de competencias que hemos
explorado aquí, el diseño curricular planifica, regula y aconseja. Esta cierta
flexibilidad que proporciona la legislación implica que la práctica se lleva a
cabo en los Centros, por cada docente. Ahora bien, si queremos un cambio en el Sistema
Educativo necesitaremos modificar la legislación y el método por el cual se
forma y selecciona a los y las docentes.
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